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Santiago de Cali, Septiembre 17 de 2010.
ResponderEliminarMe permito expresar ante los diversos estamentos estatales, la opinión pública nacional e internacional el más profundo sentimiento de indignación, rechazo, perplejidad, y desconcierto por el desprecio y ofensa contra los Jueces de paz de Cali, por jueces de la justicia ordinaria en esta ciudad, que sistemáticamente han violado nuestros derechos, discriminándose la población de jueces de paz de Cali, de manera estructural a través de las instituciones de la justicia ordinaria y servidores Estatales de forma directa con el empleo coercitivo del derecho, como claras muestras de violencia, intimidación y hostigamiento sicológico; decisión impune que constituye una afrenta a la justicia de paz en nivel de discriminación que nos afectan a los jueces de paz en nuestro estado físico, emocional y económico y, por lo tanto, se definen como actos de intimidación contra los jueces de paz de Cali.
La jurisdicción de paz apabullada jamás estará en posición alguna para administrar justicia en equidad, ni sus conciliaciones y sentencias tendrán los mismos efectos que las de los jueces ordinarios como utópicamente lo consagra la Ley 497 de 1999, cuando en obedecimiento a reglas de derecho positivo y políticas gremiales, las decisiones en equidad impunemente son burladas, desconocidas, revocadas e inejecutables ante las instancias del poder judicial tradicional-constitucional por la interposición y exigencia de toda clase de talanqueras jurídicas que están por fuera de nuestras competencias en equidad.
Particularmente se muestra como una política abiertamente discriminatoria, que en la actual reforma a la justicia en Colombia, por parte alguna se establezcan mecanismos o dictados legales que permitan el respeto y garantía debida a la ejecución inmediata de las decisiones dictadas por los jueces de paz, como siendo parte integrante de la Rama Judicial del Poder Público Colombiano, pues dicho reconocimiento parte de los pronunciamientos efectuados por las altas Cortes del Estado, y que manera alguna se hayan adelantado las obligadas consultas a la masa de los operadores en equidad, confirmándose una vez más que la Jurisdicción especial de paz, ninguna importancia real recibe por lo pauperrimizada.
Hay que detener la sigilosa invisibilización y amedrentamiento a las que estamos siendo sometidos los jueces de paz en Cali, por parte de los jueces ordinarios y otros funcionarios estatales. Desarrollar las acciones legales necesarias para determinar las responsabilidades colectivas e individuales por las violaciones e infracciones descritos en los hechos de esta denuncia.
Se inste a la Corte Constitucional Colombiana, a la Procuraduría General de la Nación y a los organismos de derechos humanos y organizaciones populares a mantenerse atentos y alerta ante la crítica situación de derechos humanos que estamos afrontando los jueces de paz de Cali en la búsqueda de la paz en Colombia.
Atentamente, Fernando Platón Baltán Sánchez-Juez de Paz Comuna ocho de Cali-Colombia-calle 56 No. 15-83, Piso 2º- Celular: 313 701 33 10 Telefono fijo: 402 61 48 Cali. Colombia.