Un hombre recoger la ceniza islandsa, lista para ser envasada y enviada a los coleccionistas de cenizas
La ceniza del volcán Eyjafjallajökull, en Islandia, que recientemente causó grandes trastornos en los vuelos europeos, se está vendiendo a través de Internet, informaron diversos medios el martes.
“Se nos acercó alguien que quería una entrega de ceniza volcánica de Eyjafjallajoekull. Entonces empezamos a ofrecerlo a la venta “, dijo Sofus Gustavsson, del sitio online nammi.is al diario noruego Dagbladet.
“Ahora estamos enviando ceniza volcánica a todo el mundo – Australia, Estados Unidos, Alemania, Finlandia y Noruega”, agregó.
La compañía ofrece la grisácea ceniza volcánica a aproximadamente 108 dólares el tarro de 160 gramos.
Gustavsson dice que le está dando todas las ganancias a la organización ICESAR, una empresa de seguridad local que ha estado ayudando con la operación de limpieza.
“Me dio la idea un amigo que vive en el exterior y me pidió que el enviara un poco de ceniza en un sobre. Entonces pensé que debían haber miles de personas que querrían recordar lo ocurrido”, explicó Gustavsson.
El volcán en el glaciar Eyjafjallajoekull, al sur-este de la capital Reykjavik, hizo erupción el 15 de abril causando la paralización de los aeropuertos europeos el mes pasado y dejando cientos de miles de pasajeros varados, lo que costó miles de millones a las aerolíneas.
El estudio presenta al candidato presidencial por el Partido de la U, Juan Manuel Santos, en primer lugar con un 38 por ciento de la intención de voto, seguido por Antanas Mockus del Partido Verde, que tiene un 36 por ciento, en caso de que la primera vuelta de la elección presidencial fuera mañana.
En tercer lugar aparece la candidata por el Partido Conservador, Noemí Sanín, con un 9 por ciento. La encuesta fue realizada entre 3 mil hombres y mujeres mayores de 18 años.
1. Si las elecciones para elegir Presidente de la República fueran mañana, ¿por cuál de los siguientes candidatos votaría usted?
Juan Manuel Santos con Vicepresidente Angelino Garzón 38%
Antanas Mockus con Vicepresidente Sergio Fajardo 36%
Noemí Sanín con Vicepresidente Luis Ernesto Mejía 9%
Gustavo Petro con Vicepresidente Clara López 4%
Germán Vargas Lleras con Vicepresidente Elsa Noguera 4%
Rafael Pardo con Vicepresidente Aníbal Gaviria 3%
Jaime Araujo con Vicepresidente Ana María Cabal -
Robinson Devia con Vicepresidente Olga Lucía Taborda -
Jairo Calderón con Vicepresidente Jobanny Burbano -
Votaría en blanco 1%
Ns/Nr 5%
En el estudio del Centro Nacional de Consultoría contratado por CM&, se preguntó a los encuestados cómo votarían en una segunda vuelta. Estos son los resultados.
2. Si la segunda vuelta presidencial fuera mañana y los candidatos fueran: Juan Manuel Santos y Antanas Mockus usted por quién votaría?
Juan Manuel Santos 47% Antanas Mockus 47% Votaría en blanco 3% Ninguno Ns/Nr 3%
3. Si la segunda vuelta presidencial fuera mañana y los candidatos fueran: Juan Manuel Santos y Noemí Sanín usted por quién votaría?
Juan Manuel Santos 51% Noemí Sanín 29% Votaría en blanco 11% Ninguno 2% Ns/Nr 7%
4. Si la segunda vuelta presidencial fuera mañana y los candidatos fueran: Noemí Sanín y Antanas Mockus usted por quién votaría?
Antanas Mockus 54% Noemí Sanín 25% Votaría en blanco 10% Ninguno 2% Ns/Nr 9%
Este mes los colombianos podrán ver la segunda parte de ‘El cartel’, una versión donde las emociones y las aventuras aumentan.
Diego Cadavid (Pepe Cadena), Andrés Parra (Anestesia), Róbinson Díaz (El Cabo) y Santiago Moure (Don Mario) son los protagonistas de El cartel 2, la nueva producción del Canal Caracol, que espera atraer a millones de televidentes en las noches.
La segunda parte, que planea superar las expectativas de su antecesora, desarrolla historias distintas de algunos de los personajes de El cartel e involucra nuevos rostros, como Carolina Guerra, quien le da vida a Vicky Puerta, una modelo que ingresa al mundo del narcotráfico de manera inocente al convertirse en la obsesión de El Cabo, una situación que la hará verse entrometida en los asuntos más dudosos.
Aunque el bajo mundo del narcotráfico seguirá siendo el tema central, se tejerán historias de amor como la de Rocky (Juan Sebastián Aragón), un narco de buenos sentimientos que se enamora de una mujer que planea trabajar en México como empleada doméstica y es personificada por la actriz Angélica Blandón, recordada por su papel de Brenda en Las muñecas de la mafia.
Las escenas de El cartel 2 fueron grabadas en diferentes sitios de Nueva York, Miami, Nueva Jersey, México y Colombia para darle una mayor credibilidad a la serie.
Tanto los fanáticos de la primera entrega de la superproducción televisiva, como aquellos que se la perdieron, tendrán la oportunidad de adentrarse a un mundo rodeado de acción, intrigas y pasiones donde el dinero y el poder son los objetivos a alcanzar.
Inicia el Festival vallenato de Valledupar. ABril 27 a 1o de Mayo. Tendremos próximamente aqui, todo lo relacionado con la programación, los inscritos, las competencias, Etc.
Concierto musical al Maestro Rafael Escalona – Artistas por confirmar
DOMINGO 25 DE ABRIL
PARQUE DE LA LEYENDA VALLENATA “CONSUELO ARAUJONOGUERA”
4:00 p.m.:
Inicio Desfile de Willys Parranderos
PLAZA ALFONSO LÓPEZ – TARIMA FRANCISCO EL HOMBRE
6:00 p.m.:
Culminación Desfile de Willys Parranderos
LUNES 26 DE ABRIL
OFICINA DE PRENSA – PARQUE DE LA LEYENDA VALLENATA
9:00 a.m. a 4:00 p.m.:
Entrega de credenciales a Medios de Comunicación.
ESQUINA RADIO GUATAPURÍ
3:00 p.m.:
Inicio Desfile de grupos de Piloneras Infantil
PLAZA ALFONSO LÓPEZ – TARIMA FRANCISCO EL HOMBRE
6:00 p.m.:
Culminación Desfile de Grupos de Piloneras Infantil
6:30 p.m.:
Presentación de Los Niños del Vallenato de la Fundación Festival de la Leyenda Vallenata
MARTES 27 DE ABRIL
AEROPUERTO ALFONSO LÓPEZ PUMAREJO
TERMINAL DE TRANSPORTE DE VALLEDUPAR
6:30 a.m.
Recibimiento y bienvenida a turistas y visitantes a cargo de la Administración Municipal de Valledupar, Administración Departamental del Cesar y la Fundación Festival de la Leyenda Vallenata.
OFICINA DE PRENSA – PARQUE DE LA LEYENDA VALLENATA
9:00 a.m. a 5:00 p.m.:
Entrega de credenciales a Medios de Comunicación.
ESCUELA TALENTO VALLENATO RAFAEL ESCALONA
3 43º Festival de la Leyenda
Vallenata
PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN
‘Escalona, El Más Grande de Todos’
Del 27 de abril al 1 de mayo de 2010
http://www.festivalvallenato.com
Parque de la Leyenda Vallenata “Consuelo Araujonoguera” Valledupar – Cesar – Colombia
Recibimiento y bienvenida a turistas y visitantes a cargo de la Administración Municipal de Valledupar, Administración Departamental del Cesar y la Fundación Festival de la Leyenda Vallenata.
INICIO GRAN DESFILE DE PILONERAS CELEBRACIÓN DE SUS 30 AÑOS
PLAZOLETA DEL COLISEO CUBIERTO – MONUMENTOS A LOS POPOROS
2:30 p.m.:
Concentración y Desfile de Piloneras Juveniles
ESQUINA DEL COLEGIO INSTPECAM INSTITUTO PEDRO CASTRO MONSALVO – CARRERA 19
2:30 p.m.:
Concentración y Desfile de Piloneras Mayores
PARQUE DE LA LEYENDA VALLENATA “CONSUELO ARAUJONOGUERA” (Salida a Patillal)
7:00 p.m.
Entrada de los Grupos de Piloneras Juveniles y Mayores
Entrada libre al Coliseo “Cacique Upar”.
7:30 p.m. :
CEREMONIA DE INAUGURACIÓN DEL 43º FESTIVAL DE LA LEYENDA VALLENATA ‘ESCALONA,EL MAS GRANDE DE TODOS’ A CARGO DEL SEÑOR PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA Y AUTORIDADES DEPARTAMENTALES Y MUNICIPALES
Actos protocolarios
Presentación del Rey Vallenato 2009, Sergio Luis Rodríguez Ávila
Presentación del Rey Aficionado 2009, Guillermo Ortiz Cuesta
Presentación del Rey Juvenil 2009, Jorge Lucas Dangond Daza
Presentación del Rey Infantil 2009, Daniel Guillermo Maestre Alvarado
Presentación del Rey de la Canción Vallenata Inédita 2009, William Klinger
Presentación del Rey de la Piqueria 2009, Martín Lozano y el segundo puesto, William Felizzola.
Homenaje póstumo al maestro Rafael Escalona, ‘El Más Grande de Todos’ y Paulina Mejía de Castro Monsalvo, miembros fundadores del Festival de la Leyenda Vallenata.
ESPECTACULO MUSICAL
4 43º Festival de la Leyenda
Vallenata
PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN
‘Escalona, El Más Grande de Todos’
Del 27 de abril al 1 de mayo de 2010
http://www.festivalvallenato.com
Parque de la Leyenda Vallenata “Consuelo Araujonoguera” Valledupar – Cesar – Colombia
OFICINA DE PRENSA – PARQUE DE LA LEYENDA VALLENATA
9:00 a.m. a 12:00 m.:
Entrega de credenciales a Medios de Comunicación.
ESCUELA TALENTO VALLENATO RAFAEL ESCALONA
9:00 a.m. a 12:00 m.:
Entrega de credenciales a Concursantes.
CATEDRAL DE NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO (Carrera 7 con Calle 15)
9:00 a.m.
Misa presidida por Monseñor Oscar José Vélez Isaza y Procesión en honor de Nuestra Señora del Rosario y consagración de los indios a la Virgen.
TARIMA “FRANCISCO EL HOMBRE” (Plaza Alfonso López)
9:00 a.m. a 5:00 p.m.:
1ª Ronda del Concurso de Acordeoneros Categoría Profesional
Ritmos: Paseo y Merengue
COLISEO DE FERIAS GANADERA “PEDRO CASTRO MONSALVO” (Salida a La Paz)
9:00 a.m. a 5:00 p.m.:
Iniciación del Concurso de la Canción Vallenata Inédita
1ª Ronda del Concurso de Piqueria
PARQUE DEL HELADO (Balneario “Hurtado”)
9:00 a.m. a 5:00 p.m.:
1ª Ronda del Concurso de Acordeoneros Categoría Infantil
Ritmos: Paseo y Merengue
PARQUE RECREACIONAL LA PEDROGOSA (Vía al Rincón)
9:00 a.m. a 5:00 p.m.:
1ª Ronda del Concurso de Acordeoneros Categoría Juvenil
Ritmos: Paseo y Merengue
1ª Ronda del Concurso de Acordeoneros Categoría Aficionado
Ritmos: Paseo y Merengue
COLISEO GALLÍSTICO MIGUEL YANETH (Diagonal 20 Nº 19-55)
12:00 m.:
Iniciación de la temporada Internacional de Riñas de Gallo Fino
CATEDRAL DE NUESTRA SEÑORA DEL ROSARIO (Carrera 7 con Calle 15)
6:00 p.m.
Misa en memoria de Rafael Escalona Martínez, Consuelo Araujonoguera, Alfonso López Michelsen, Luis Eduardo “Lalo” Montero Castro, Paulina Mejía de Castro Monsalvo, Alonso Fernández Oñate, Pedro Garcia Díaz
PARQUE DE LA LEYENDA VALLENATA CONSUELO ARAUJONOGUERA”(Salida a Patillal)
8:00 p.m.:
ESPECTÁCULO MUSICAL “El Festival del Pueblo”
5 43º Festival de la Leyenda
Vallenata
PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN
‘Escalona, El Más Grande de Todos’
Del 27 de abril al 1 de mayo de 2010
http://www.festivalvallenato.com
Parque de la Leyenda Vallenata “Consuelo Araujonoguera” Valledupar – Cesar – Colombia
Parque de la Leyenda Vallenata “Consuelo Araujonoguera” Valledupar – Cesar – Colombia
6 43º Festival de la Leyenda
Vallenata
PATRIMONIO CULTURAL DE LA NACIÓN
‘Escalona, El Más Grande de Todos’
Del 27 de abril al 1 de mayo de 2010
9:00 a.m. a 5:00 p.m.
Semifinal del Concurso de Acordeonero Categoría Juvenil
1ª Ronda Semifinal del Concurso de Acordeoneros Categoría Aficionado
TARIMA FRANCISCO EL HOMBRE
9:00 a.m. a 5:00 p.m.
1ª Ronda Semifinal del Concurso de Acordeoneros Categoría Profesional
COLISEO GALLÍSTICO MIGUEL YANETH (Diagonal 20 Nº 19-55)
12:00 m.:
Temporada Internacional de Riñas de Gallo Fino
ESCUELA DE BELLAS ARTES
2:00 p.m.:
5ta versión del Festival Gastronómico Regional ‘Colombia vive y deleita nuestro folclor y sabor’, organizado por la Fundación Festival de la Leyenda Vallenata y el SENA (Regional Cesar)
PARQUE DE LA LEYENDA VALLENATA “CONSUELO ARAUJONOGUERA”
7:00 p.m.:
GRAN FINAL:
Concurso de Acordeoneros Infantiles
Concurso de Acordeoneros Juveniles
Concurso de Piqueria
ESPECTÁCULO MUSICAL
SÁBADO 1 DE MAYO
TARIMA “FRANCISCO EL HOMBRE” (Plaza Alfonso López)
9:00 a.m. a 3:00 p.m.:
Semifinal del Concurso de la Canción Vallenata Inédita
PARQUE RECREACIONAL LA PEDREGOSA (Vía al Rincón)
9:00 a.m. a 5:00 p.m.
2ª Ronda Semifinal del Concurso de Acordeoneros Categoría Aficionado
COLISEO DE FERIAS GANADERA “PEDRO CASTRO MONSALVO”
9:00 a.m. a 3:00 p.m.:
2ª ronda Semifinal del Concurso de Acordeoneros Categoría Profesional
PARQUE DE LA LEYENDA VALLENATA “CONSUELO ARAUJONOGUERA”
8:00 p.m.:
GALA DE CLAUSURA DEL 43º FESTIVAL DE LA LEYENDA VALLENATA ‘ESCALONA, EL MAS GRANDE DE TODOS’
Gran Final del Concurso de Acordeoneros Aficionados
Gran Final del Concurso de la Canción Vallenata Inédita
Gran Final del Concurso de Acordeoneros Profesionales
ESPECTACULO MUSICAL
TIENDA COMPAI CHIPUCO (Calle 16 con Carrera 6 Esquina Plaza Alfonso López) Abierta todos los días de 8:00 am a 7:00 pm para ventas de artesanías, suvenires, Cds y libros de escritores de la región.
Por medio de la cual se modifica el Código Penal, se crea un nuevo bien jurídico tutelado - denominado “de la protección de la información y de los datos”- y se preservan integralmente los sistemas que utilicen las tecnologías de la información y las comunicaciones, entre otras disposiciones.
EL CONGRESO DE COLOMBIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1o. Adiciónase el Código Penal con un Título VII BIS denominado “De la Protección de la información y de los datos”, del siguiente tenor:
CAPITULO I
De los atentados contra la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los datos y de los sistemas informáticos
Artículo 269A: Acceso abusivo a un sistema informático. <Ver Nota del Editor> El que, sin autorización o por fuera de lo acordado, acceda en todo o en parte a un sistema informático protegido o no con una medida de seguridad, o se mantenga dentro del mismo en contra de la voluntad de quien tenga el legítimo derecho a excluirlo, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Artículo 269B: Obstaculización ilegítima de sistema informático o red de telecomunicación. El que, sin estar facultado para ello, impida u obstaculice el funcionamiento o el acceso normal a un sistema informático, a los datos informáticos allí contenidos, o a una red de telecomunicaciones, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con una pena mayor.
Artículo 269C: Interceptación de datos informáticos. El que, sin orden judicial previa intercepte datos informáticos en su origen, destino o en el interior de un sistema informático, o las emisiones electromagnéticas provenientes de un sistema informático que los transporte incurrirá en pena de prisión de treinta y seis (36) a setenta y dos (72) meses.
Artículo 269D: Daño Informático. El que, sin estar facultado para ello, destruya, dañe, borre, deteriore, altere o suprima datos informáticos, o un sistema de tratamiento de información o sus partes o componentes lógicos, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Artículo 269E: Uso de software malicioso. El que, sin estar facultado para ello, produzca, trafique, adquiera, distribuya, venda, envíe, introduzca o extraiga del territorio nacional software malicioso u otros programas de computación de efectos dañinos, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Artículo 269F: Violación de datos personales. El que, sin estar facultado para ello, con provecho propio o de un tercero, obtenga, compile, sustraiga, ofrezca, venda, intercambie, envíe, compre, intercepte, divulgue, modifique o emplee códigos personales, datos personales contenidos en ficheros, archivos, bases de datos o medios semejantes, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1000 salarios mínimos legales mensuales vigentes.
Artículo 269G: Suplantación de sitios web para capturar datos personales. El que con objeto ilícito y sin estar facultado para ello, diseñe, desarrolle, trafique, venda, ejecute, programe o envíe páginas electrónicas, enlaces o ventanas emergentes, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a noventa y seis (96) meses y en multa de 100 a 1.000 salarios mínimos legales mensuales vigentes, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena más grave.
En la misma sanción incurrirá el que modifique el sistema de resolución de nombres de dominio, de tal manera que haga entrar al usuario a una IP diferente en la creencia de que acceda a su banco o a otro sitio personal o de confianza, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena más grave.
La pena señalada en los dos incisos anteriores se agravará de una tercera parte a la mitad, si para consumarlo el agente ha reclutado víctimas en la cadena del delito.
Artículo 269H: Circunstancias de agravación punitiva: Las penas imponibles de acuerdo con los artículos descritos en este título, se aumentarán de la mitad a las tres cuartas partes si la conducta se cometiere:
1. Sobre redes o sistemas informáticos o de comunicaciones estatales u oficiales o del sector financiero, nacionales o extranjeros.
2. Por servidor público en ejercicio de sus funciones.
3. Aprovechando la confianza depositada por el poseedor de la información o por quien tuviere un vínculo contractual con este.
4. Revelando o dando a conocer el contenido de la información en perjuicio de otro.
5. Obteniendo provecho para sí o para un tercero.
6. Con fines terroristas o generando riesgo para la seguridad o defensa nacional.
7. Utilizando como instrumento a un tercero de buena fe.
8. Si quien incurre en estas conductas es el responsable de la administración, manejo o control de dicha información, además se le impondrá hasta por tres años, la pena de inhabilitación para el ejercicio de profesión relacionada con sistemas de información procesada con equipos computacionales.
CAPITULO II
De los atentados informáticos y otras infracciones
Artículo 269I: Hurto por medios informáticos y semejantes. El que, superando medidas de seguridad informáticas, realice la conducta señalada en el artículo 239 manipulando un sistema informático, una red de sistema electrónico, telemático u otro medio semejante, o suplantando a un usuario ante los sistemas de autenticación y de autorización establecidos, incurrirá en las penas señaladas en el artículo 240 de este Código.
Artículo 269J: Transferencia no consentida de activos. El que, con ánimo de lucro y valiéndose de alguna manipulación informática o artificio semejante, consiga la transferencia no consentida de cualquier activo en perjuicio de un tercero, siempre que la conducta no constituya delito sancionado con pena más grave, incurrirá en pena de prisión de cuarenta y ocho (48) a ciento veinte (120) meses y en multa de 200 a 1.500 salarios mínimos legales mensuales vigentes. La misma sanción se le impondrá a quien fabrique, introduzca, posea o facilite programa de computador destinado a la comisión del delito descrito en el inciso anterior, o de una estafa.
Si la conducta descrita en los dos incisos anteriores tuviere una cuantía superior a 200 salarios mínimos legales mensuales, la sanción allí señalada se incrementará en la mitad.
ARTÍCULO 2o. Adiciónese al artículo 58 del Código Penal con un numeral 17, así:
Artículo 58. Circustancias de mayor punibilidad. Son circunstancias de mayor punibilidad, siempre que no hayan sido previstas de otra manera:
(...)
17. Cuando para la realización de las conductas punibles se utilicen medios informáticos, electrónicos o telemáticos.
ARTÍCULO 3o. Adiciónese al artículo 37 del Código de Procedimiento Penal con un numeral 6, así:
Artículo 37. De los Jueces Municipales. Los jueces penales municipales conocen:
(...)
6. De los delitos contenidos en el título VII Bis.
ARTÍCULO 4o. La presente ley rige a partir de su promulgación y deroga todas las disposiciones que le sean contrarias, en especial el texto del artículo 195 del Código Penal.
El Presidente del honorable Senado de la República,
HERNÁN ANDRADE SERRANO.
El Secretario General del honorable Senado de la República,
EMILIO RAMÓN OTERO DAJUD.
El Presidente de la honorable Cámara de Representantes,
GERMÁN VARÓN COTRINO.
El Secretario General de la honorable Cámara de Representantes,