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jueves, 13 de agosto de 2009

Ya son 10 años del asesinato de JAIME GARZON, Su genialidad y mordacidad siguen vivas y su crimen impune!!



Tomado de El Espectador
Agosto 13/2009

Mientras las pesquisas de la justicia para determinar los autores materiales e intelectuales del homicidio del periodista y humorista Jaime Garzón Forero parecen estancarse y su expediente acumula polvo día tras día —el único condenado por este caso fue el extinto jefe de las autodefensas Carlos Castaño Gil—, el país entero recuerda, al cumplirse el décimo aniversario de su muerte, su legado de irreverencia contra el poder y la clase política.

No obstante, en una fecha como esta, en la que la sociedad reclama avances en la investigación, la Fiscalía anunció que llamará a declarar a los ex jefes paramilitares Iván Roberto Duque, alias Ernesto Báez, y Freddy Rendón Herrera, alias El Alemán, para tratar de esclarecer lo que desde el día del crimen de Garzón ha sido un misterio: quién instigó a Carlos Castaño Gil para que asesinara al genio del humor colombiano.

En 1999, Iván Roberto Duque oficiaba como mano derecha de Castaño y, de hecho, era quien manejaba la estructura política de las autodefensas de Urabá y del Magdalena Medio. Por eso la Fiscalía considera que tiene elementos de juicio para aportar a un expediente que ha ido de tumbo en tumbo desde su inicio. El Colectivo de Abogados José Alvear, parte civil en este caso, ha denunciado que el proceso ha sido desviado a propósito y ha mencionado a funcionarios del DAS en este plan.

Más allá de los asuntos judiciales sin resolver, la memoria de Jaime Garzón perdura. Para hoy, la fundación Jaime Vive programó una serie de eventos en conmemoración del consagrado periodista, que se realizarán en la Plaza de Bolívar, en Bogotá, durante la tarde. Diez destacados humoristas gráficos, como Calarcá, Chócolo, Betto, OCuellar, Jarape, León, Rubens, Guaico y Bacteria, harán un tributo a Garzón con pintura en vivo, acompañados de malabaristas y artistas escénicos.

A las 5:00 p.m., los asistentes, en un acto simbólico, serán invitados a abrir sus sombrillas. El homenaje concluirá el 24 de octubre (fecha en que Jaime cumpliría 49 años) con un concierto en el que participarán César Mora con la orquesta María Canela y el grupo musical Malalma.

Reacciones

Eduardo Arias

Periodista

Lo que más extraño son sus carcajadas porque sintetizan muchas de las facetas de Jaime: un humorista político, pero también un humor que le llegaba a la gente. Jaime llegaba y organizaba la fiesta, era un gran conversador. En su risa estaba la calidez de una persona muy generosa, franca y amable, era el reflejo del gran ser humano que era.

César Augusto Londoño

Periodista

Lo que más extraño es la certeza de su pensamiento, su humor era absolutamente contundente y claro. Tenía una gran capacitad para acertar en lo que estaba pasando en el país y lo que iba a pasar en el futuro, todo esto estuvo enmarcado dentro de un humor que era contundente.

Karl Troller

Periodista

Lo que más extraño son los personajes que hizo, porque esos personajes superaban al mismo Garzón como persona, hasta el punto que se volvieron inmortales y uno los quisiera seguir viéndolos. Extraño su obra y su legado porque es difícil volver a ver algo así.

jueves, 30 de julio de 2009

Supuesto diario de Reyes nombra a Larrea y Chauvín como emisarios de gobierno ecuatoriano ante Farc

Tomado de "El Tiempo"

Foto: Archivo / EL TIEMPO

' Reyes' murió en una operación del ejército colombiano en Ecuador

El Gobierno de Ecuador hizo público el miércoles un manuscrito que sería del diario personal del desaparecido comandante de las Farc.

En una conferencia de prensa, Gustavo Jalkh, ministro del Interior, y el canciller Fander Falconí pusieron a disposición el documento al que no le atribuyen "ni veracidad ni falsedad", y aseguran que el presidente Correa "no ha enviado ningún tipo de emisario y de ninguna manera ha tenido conocimientos de ninguno de los hechos que ahí se relatan".

Se refiere a que el documento menciona a dos ex funcionarios de su gobierno que "habrían actuado, de alguna manera, como emisarios" del Gobierno ante las Farc, señaló Jalkh.

El documento, que tiene 20 páginas, y que también fue remitido, según ellos, a la Organización de Estados Americanos (OEA), registra cronológicamente (9 septiembre del 2007 al 2 de diciembre del 2007) las actividades de Reyes y menciona al ex ministro de Gobierno Gustavo Larrea, quien públicamente admitió haberse reunido con el líder guerrillero para tratar del intercambio humanitario de secuestrados colombianos, aunque se ha negado a indicar el lugar de reunión.

Ex miembros de Inteligencia como el coronel Mario Pazmiño han señalado que luego del cruce de información y fechas, el lugar de la cita solo pudo haber sido el sector de Angostura, donde murió 'Reyes' como consecuencia del ataque militar colombiano del primero de marzo del 2008.

En el diario también se mencionan conversaciones con 'Nacho' Chauvín, quien podría ser el ex subsecretario de Gobierno, José Ignacio Chauvín, quien se declaró amigo personal de 'Reyes' y reconoció haberse reunido con él en siete ocasiones. El ex funcionario estuvo detenido por supuestas vinculaciones con una red local de narcotráfico, la de los hermanos Ostaiza, que según la fiscalía ecuatoriana traficaba droga de las Farc.

En parte del escrito, con fecha 18 de octubre del 2007, se lee: "Por mucho que insita Nacho Chauvín, como correo de Larrea, no le veo conveniente permanecer en el campamento de Angostura que ocupé a insistencia del coronel Brito, sé que Larrea está detrás de todo esto (...) Este lugar es una trampa, pero me tienen amarrado, con el pretexto que debo recibir a las delegaciones internacionales, toda esta vaina es muy falsa, los revolucionarios que me visitan, salvo contadas personas, solo buscan dinero y negocios, me pregunto: ¿cuántos de ellos serán infiltrados que trabajan como agentes dobles? En el grupo íntimo de Correa siento la presencia de agentes dobles, no hay duda".

En el texto se menciona insistentemente la relación con el coronel Jorge Brito y "el doctor Ayala". Brito es un ex coronel del Ejército del Ecuador que ha sido mencionado como el receptor de los supuestos aportes económicos de las Farc para la campaña electoral del presidente Rafael Correa, mientras que Ayala podría ser -según fuentes de inteligencia- el odontólogo Luis Eduardo Ayala, quien fue asesinado por desconocidos en abril del 2008 y al que también se relaciona con los hermanos Ostaiza.

Con fecha 10 de noviembre del 2007, se escribe: "El coronel Brito y el Dr. Ayala definitivamente mantienen contacto con enlaces de la CIA. Sin embargo, los negocios del Dr. Ayala con los comandantes que mueven la droga, lo hacen intocable (...) Conozco que se ha entregado droga por valores mayores a 200 millones de euros para la compra de misiles antiaéreos en Rusia, los que serían introducidos con la ayuda de altos personajes del círculo íntimo de Correa".

De confirmarse la autoría de Reyes, el guerrillero presentía una "traición", por lo que señala que "a la hora de las cosas que en verdad me importan, como mis reflexiones personales, prefiero hacer mis notas a mano. No confío en los medios electrónicos

"Definitivamente me están mamando gallo, ya (Sic) es algún tiempo que pedí que me consigan alguna clase de detector para que yo pueda saber si alguna persona que me visita o su equipaje, o cualquier instrumento como un teléfono satelital, una computadora, una simple memoria digital o cualquier pendejada por el estilo está pinchada con algún sistema marcador de posición; pero nada, todos me cojudean, presiento algo muy sucio".

Los ministros Jalkh y Falconí no revelaron el origen del documento y se limitaron a informar que "llegó" a manos del Gobierno y que es producto de la investigación que llevan a cabo los aparatos de inteligencia ecuatorianos.

Horas antes, el presidente Correa había declarado en relación al anuncio de las Farc de que no le habían dado dinero a su campaña que: "Como no creí lo que dijo el 'Mono Jojoy' en el video en que nos habían dado el aporte a la campaña, ahora el desmentido tampoco tengo por qué creerlo".

Y advirtió: "Yo no les garantizo que mañana no haya otro escándalo, lo que sí le pido al pueblo ecuatoriano es que esté atento porque no son otra cosa que intentos nacionales e internacionales de desestabilización de un gobierno revolucionario".

MAGGY AYALA SAMANIEGO
CORRESPONSAL DE EL TIEMPO
QUITO


miércoles, 1 de julio de 2009

Ley 1341 de 2009 TIC - Ley de Telecomunicaciones en Colombia - -


Ley 1341 de 2009 TIC - Ley de Telecomunicaciones en Colombia - -

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martes, 21 de octubre de 2008

Comunicado Corte Constitucional sobre la Ley Habeas Data (Datacrédito, Cifin)


"COMUNICADO DE PRENSA

(16 de octubre de 2008)

Revisión de constitucionalidad del Proyecto de Ley Estatutaria, “por la cual se dictan las disposiciones generales del hábeas data y se regula el manejo de la información contenida en bases de datos personales, en especial la financiera, crediticia, comercial, de servicios y la proveniente de terceros países y se dictan otras disposiciones”

Expediente PE-029.

La Corte Constitucional, en decisión unánime, al revisar la constitucionalidad de este proyecto de ley estatutaria, resolvió lo siguiente:

  1. Declarar exequible el proyecto de ley, al encontrar que el procedimiento de formación del mismo, adelantado por el Congreso de la República, se cumplió con plena sujeción a los requisitos constitucionales y legales.

  1. Declarar exequible el contenido material del proyecto de ley, de manera general, en razón de su compatibilidad con la Constitución y especialmente por cuanto desarrolla el derecho al hábeas data, consagrado en el artículo 15 de la Carta Política, aunque el Proyecto regula fundamentalmente la administración de datos personales de contenido crediticio, comercial, financiero, de servicios y proveniente de terceros países. La Corte aclara en su sentencia que los principios, derechos y deberes consagrados en el texto del Proyecto de Ley, son aplicables a otro tipo de datos, en cuanto éstos resulten compatibles.

  1. La Corte estableció que salvo que se trate de información pública, en todos los demás eventos, y para el caso particular del dato de contenido financiero y comercial resulta imprescindible la autorización expresa, previa y suficiente del titular del dato personal ante la fuente, para que ésta pueda transmitir dicha información a los operadores y usuarios. Esto en consideración a que dicho consentimiento es la expresión concreta de la vigencia del principio de libertad en la administración de datos personales, en los términos del artículo 15 de la Constitución.

  1. La Corte señala en esta decisión, la importancia de la protección del derecho fundamental al hábeas data del titular, en armonía con la legitimidad constitucional de la administración de datos personales destinada al cálculo del riesgo crediticio, en tanto esta actividad está relacionada con la consecución de fines legítimos para la Carta Política, en especial la estabilidad del sistema financiero y la protección del ahorro público.

  1. La Corte estableció que la responsabilidad sobre la calidad de la información radica especialmente en las fuentes, pero los operadores también responden a partir de la recepción de los datos, por el incumplimiento de los deberes consagrados en el Proyecto de ley estatutaria.

  1. La Sala determinó la constitucionalidad del procedimiento de peticiones, consultas y reclamos ante los operadores, resaltando que en ningún caso estos trámites pueden establecerse como barreras para el ejercicio de los derechos del titular de la información en esta materia.

  1. La Corte declaró la constitucionalidad de las funciones de vigilancia de los destinatarios de la ley, atribuidas a las Superintendencias de Industria y Comercio y Financiera, lo mismo que el régimen de sanciones previsto en el Proyecto de Ley Estatutaria, resaltando la aplicación de los criterios de graduación de las sanciones y remitiendo para este efecto al procedimiento que actualmente aplican esta entidades en la órbita de sus competencias.

  1. La Corte declaró la constitucionalidad del término máximo de permanencia de la información financiera sobre incumplimiento de obligaciones dinerarias de cuatro años. Sin embargo, estableció que en caso de que la mora sea inferior a dos años, el término de permanencia de dicha información no podrá exceder del doble de la mora. Igualmente, señaló que el término máximo de cuatro años también se cuenta a partir del momento en que se extinga la obligación por cualquier modo. Finalmente, la Sala reiteró su precedente en el sentido de que el término máximo de permanencia de este tipo de información es el de la prescripción de las obligaciones.

  1. En relación con el reporte que sobre la información financiera, comercial y crediticia, cuya forma de presentación debe regular el Gobierno Nacional, la Corte concluyó que las calificaciones “negativo” o “positivo” del reporte se refieren exclusivamente al cumplimiento o incumplimiento de obligaciones. Además, dicho reporte debe contener la información histórica, integral, objetiva, actualizada y veraz sobre el comportamiento crediticio. Así, la Corte reitera su jurisprudencia sobre la proscripción de las denominadas “listas negras” y otros usos abusivos de la información de contenido comercial y crediticio.

  1. La Corte declaró exequibles todos los beneficios previstos en el artículo 21 del Proyecto de ley estatutaria, que establece un régimen de transición, de acuerdo con el cual los deudores que al entrada en vigencia de esta ley se pongan al día en el pago y ya hubieren permanecido al menos un año en los bancos de datos, contados a partir de dicho pago, tienen derecho a la exclusión inmediata de ese reporte. Lo mismo aplica para los deudores que se encuentren al día y cuya información de incumplimiento no hubiere permanecido en los bancos de datos al menos un año después del pago, caso en el cual dicho reporte solo podrá permanecer por el tiempo que hiciere falta para cumplir el año, contado a partir del pago. Igualmente se predica para los deudores que al momento de entrada en vigencia de la disposición se encuentren en mora y paguen dentro de los seis meses siguientes a esta ley, en cuyo evento solo pueden permanecer en los bancos de datos por el término de un año, contado a partir del pago.





HUMBERTO ANTONIO SIERRA PORTO

Presidente"

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