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lunes, 2 de julio de 2012

MODELO Ó FORMATO DE DERECHO DE PETICIÓN CONTRA COMCEL Ó CLARO COLOMBIA Ó CONTRA EMPRESAS OPERADORAS DE TELEFONIA CELULAR





SEÑORES 
COMCEL BOGOTA (Hoy Claro Colombia) 
Dirección ..... (poner preferiblemente la dirección de la oficina de atención al cliente) 
BOGOTA


REFERENCIA: DERECHO DE PETICÍON POR DEFICIENTE SERVICIO O PUBLICIDAD ENGAÑOSA RESPECTO DEL SERVICIO XXXXXXXXXXXXXXXXXXXXXX


En ejercicio del DERECHO FUNDAMENTAL DE PETICIÓN consagrado en el artículo 23 de nuestra CONSTITUCION POLITICA y en el Nuevo Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), y de conformidad con lo establecido en la Resolución 3066 de 2011 y los conceptos y/o decisiones de la Superintendencia de Industria y Comercio y la Comisión de regulación de comunicaciones, a través del presente escrito, solicito la cancelación del PLAN DE INTERNET (O DESCRIBIR AQUÍ EL SERVICIO o situación que se pretenda reclamar) por las siguiente razones:


(En otro tipo de casos, a la fecha de este artículo era viable cancelar un plan cuando al usuario le era hurtado el celular, pero esto no suele reconocerlo el operador entonces es preciso elevar la petición y estar atento para interponer los recurso y que el caso lo conozca la www.sic.gov.co ) 


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El día ________de ________de 2010, adquirí con Ustedes un Plan de Internet llamado ___________ por valor de _______ con iva inlcuido, el cual venía con el modem …._______________________. 

Dicho plan de servicio inalámbrico lo adquirí para trabajar en mis asuntos profesionales y tener movilidad tal como se lo manifesté al asesor comercial que me atendió.

A la fecha de hoy, no he podido disfrutar a satisfacción del producto que pagué ya que la velocidad es pésima y demasiada lento impidiendo la ejecución del contrato por incumplimiento de ustedes que me ofrecen un producto aduciendo la velocidad de ___________ cuando en la práctica es muy pésima presentando … (describir aquí los problemas) _____________________________________

Me he comunicado con Ustedes muchas veces y siempre me han dicho que no se puede hacer nada, o no me dan solución al problema , me han expresado también que no puedo retirar por la clausula de permanencia siendo mi derecho legal y constitcuional al estar uds. Incumpliendo con el contrato de adhesión que suscribimos.


Por las razones expuestas solicito:


-->
1) Dar por terminado el contrato de adhesión suscrito con uds. De fecha ______________, sin ninguna contraprestación para mi, sanción o multa de cualquier índole.


2) La devolución total de dinero que cancele al momento de realizar la suscripción con Ustedes y por el modem referido, me comprometo a devolver este equipo en la sucursal que Uds. Designen al momento de constestar este escrito.

3) El pago de $3.000.000.oo por concepto de indemnización por perjuicios que hasta la fecha he tenido, por haberme visto afectada en el desarrollo de mis actividades profesionales, laborales a causa de este pésimo servicio, por los gastos ocasionados por concepto de traslados , llamadas, pago de internet desde cabinas de la calle, etc. (Las empresas no están obligadas a indemnizar por solicitudes planteadas a través de derechos de peticón, sin embargo podría solicitarlo en el texto del mismo y ante un juez en una eventual demanda).

Esperando que no sea necesario acudir a la justicia ordinaria, Superintendencia de Industria y Comercio ó comisión de regulación de comunicaciones, par la obtención de la protección de mis derechos y del fin propuesto. 


Cordialmente,



xxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
CC
Dirección: (es obligatorio)
Telf.
E-mail:

Anexo : Copia del contrato
Factura de lo pagado hasta ahora por mensualidad y compra de modem,

........................


PARA TENER EN CUENTA 



Sí no le contestan el D. de petición se configurará  el SILENCIO ADMINISTRATIVO POSITIVO y al respecto la Resolución 3066/2011 dice: 



Artículo 40. Término para responder PQR. Para efectos de responder las peticiones, las quejas y los recursos, los proveedores cuentan con un término de quince (15) días hábiles contados a partir del día siguiente de la fecha de su presentación. Este término podrá ampliarse hasta por quince (15) días hábiles más para la práctica de pruebas, de ser necesarias, previa motivación y comunicación de esta situación al usuario.

Vencido el término mencionado en el presente artículo sin que se hubiere resuelto la PQR por parte del proveedor, operará de pleno derecho el silencio administrativo positivo y se entenderá que la PQR ha sido resuelta en forma favorable al usuario, salvo que el proveedor demuestre que el usuario auspició la demora, o que se requirió de la práctica de pruebas.

Una vez ocurrido el silencio administrativo positivo, el proveedor, de oficio, debe materializar los efectos del mismo dentro de un plazo máximo de setenta y dos (72) horas siguientes a la ocurrencia de dicho silencio y, en caso de que este incumpla con dicha obligación, el usuario mantiene su derecho de reclamarlo en cualquier momento. Sin perjuicio de lo anterior, el usuario puede exigir de inmediato los efectos del silencio administrativo positivo.



También puede plantear queja en www.sic.gov.co . Sí  la respuesta dada por el operador no les satisface, es negativa parcial o totalmente, interponer el recurso de reposición y en subsidio apelación en el término indicado para que decida la superintendencia de industria y comercio.

Es preciso señalar que el usuario puede acudir dependiendo del caso, a la Superintendencia de Industria y Comercio www.sic.gov.co a formular su queja, sobre todo sí se ha tratado de publicidad engañosa, ejemplo, prometieron algo en publicidad y no cumplieron o cumplieron mal, o era un engaño.


Hoy día, gracias a la RESOLUCION 3066 DE 2011 , POR LA CUAL se establece el Régimen Integral de Protección de los Derechos de los Usuarios de los Servicios de Comunicaciones. DESCARGAR , LAS EMPRESAS DE COMUNICACIONES ESTÁN OBLIGADAS A ESTABLECER SISTEMAS DE PQR'S EN SUS PAGINAS WEB'S PARA QUE LOS USUARIO ENVÍEN SUS QUEJAS, RECLAMOS O DERECHOS DE PETICIÓN A TRAVÉS DE ESTA CON LA OBLIGACIÓN DE RESOLVERLAS EN EL TÉRMINO ALLÍ CONSIGNADO, ud. también cuenta con otras armas para hacer valer sus Derechos, conózcala y póngala en práctica sí tiene algún conflicto con las empresas de comunicaciones, por ej. Telmex hoy Claro Colombia, Comcel hoy Claro, ETB, UNE, MOVISTAR, TIGO, TELEFONICA HOY MOVISTAR, ETC.

Así mismo, sí se trata de una reclamación sobre reportes por Habeas Data ante centrales de información como Datacrédito o Cifin, debe tenerse en cuenta que el término para contestar la petición es la establecida en la Ley 1266 de 2008 CLIC AQUI (Abogados expertos en el tema click aqui), y la Superintendencia de Industria y Comercio es la llamada en este caso a imponer sanciones de multas y adoptar ordenes contra la empresa prestadora del servicio.

Igualmente no olvide, que como consumidor a usted lo protege la Ley que estableció el NUEVO ESTATUTO DEL CONSUMIDOR, DESCÁRGUELO O CONOZCALO AQUI !!

En los casos de interrupción del servicio, también puede pedir que sea reliquidada la factura y se le reconozca no sólo el tiempo sin servicio sino también la compensación que habla la resolución 3066/2011, como esto no suele ser reconocido por los operadores le recomendamos interponer todos los recursos para que su queja sea conocida por la www.sic.gov.co





2 comentarios:

  1. Agradezco por esta información ya que es muy instructiva, la cual resulta útil cuando se vulneran los derechos al usuario y más cuando no se cuenta, con el conocimiento, la idoneidad o los recursos en la defensa.

    Gracias.

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