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viernes, 16 de septiembre de 2011

FORMATO CONTRATO DE TRABAJO PARA EMPLEADAS SERVICIO DOMÉSTICO




No nos responsabilizamos del contenido de esta minuta. Le sugerimos que para la aplicación de este formato este asesorado por un abogado titulado. Muchos de estos formatos pudieron haber sido tomados de la red, otros son propios de este blog.

CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO SERVICIO DOMESTICO


NOMBRE DEL EMPLEADOR:
.............................................................................................

DOMICILIO DEL EMPLEADOR:
.........................................................................................

NOMBRE DEL TRABAJADOR:
...........................................................................................

OFICIO QUE DESEMPEÑARA EL TRABAJADOR:
..........................................................

...................................................................................................................................................

LUGAR Y FECHA DE NACIMIENTO:
................................................................................

-->



FECHA DE INICIACION DE LABORES: 
.............................................................................

SUELDO: ................................................................ ($....................)

PAGADERO POR:..............................

DURACION DEL CONTRATO:

a) INDEFINIDO b) A TERMINO FIJO c) POR DIAS

Entre el patrono y el trabajador, se ha celebrado el presente contrato individual de trabajo, con las condiciones arriba detalladas, regido además, por las siguientes cláusulas: PRIMERA. El patrono contrata los servicios personales del trabajador y éste se obliga: a) Dar su capacidad normal de trabajo, desempeñando por sí mismo las funciones asignadas complementarias en una casa de familia, ya sea que el trabajador resida o no en la misma casa del patrono, de conformidad con las órdenes e instrucciones que le imparta el patrono o sus representantes; b) Durante la vigencia de este contrato, el trabajador no podrá prestar directa ni indirectamente servicios laborales a otros empleadores ni trabajar por cuenta propia en el mismo oficio durante el tiempo que se compromete a destinar al patrono. SEGUNDA. El patrono pagará al trabajador por la prestación de sus servicios, el salario indicado, pagadero con la periodicidad establecida. TERCERA. Los primeros quince días del presente contrato se consideran como período de prueba y por consiguiente, las partes podrán dar por terminado el contrato en cualquier momento durante el mismo, sin previo aviso. No obstante, el trabajador podrá dar por terminado el contrato mediante aviso al patrono con antelación no inferior a treinta días. En caso de no dar el trabajador aviso o darlo tardíamente, deberá al patrono una indemnización equivalente a treinta días de salario o proporcional al tiempo faltante, deducible de su liquidación. CUARTA. El patrono se obliga a dar descanso dominical remunerado, que se encuentra incluido en el sueldo. QUINTA. Son justas causas para poner término a este contrato, unilateralmente, las enumeradas en los artículos 62 y 63 del Código Sustantivo del Trabajo, y además por parte del patrono, las siguientes faltas que para el efecto se califican como graves: a) La ejecución por parte de labores sin autorización del patrono, cuando se trate de servicio doméstico interno, y b) Las repetidas desaveniencias con los integrantes de la familia, como violencia, injuria, malos tratos e indisciplina. c) El abuso de confianza por parte del trabajador, como también sustraer de la casa de familia, elementos, equipos en general, sin permiso del patrono. SEXTA: Este contrato ha sido redactado estrictamente de acuerdo con la ley y será interpretado de buena fe y en consonancia con el Código Sustantivo del Trabajo, con el propósito de lograr la justicia entre patronos dentro de un espíritu de coordinación económica y equilibrio social. SEPTIMA. El presente contrato reemplaza en su integridad y deja sin efecto alguno, cualquiera otro contrato verbal o escrito celebrado entre las partes con anterioridad. Las modificaciones que se acuerden al presente contrato se anotarán a continuación de su texto.

Para constancia se firma en dos o más ejemplares del mismo tenor y valor, ante testigos en ............................ a los ...... días del mes de ....................... de ...........

EL EMPLEADOR EL TRABAJADOR
......................................... ..........................................

C.C. No. de .......................... C.C. No. de ..........................



-->


Contrato individual de trabajo con empleada de servicio doméstico

........................(nombre del empleador), identificada con cédula de ciudadanía No. ...................., residente en................... (municipio), quien en adelante se denominara EMPLEADOR y ........................(nombre de la trabajadora) identificada con cédula de ciudadanía No. ................, residente en...............(municipio), quien en adelante se denominará TRABAJADORA, acuerdan celebrar el presente CONTRATO INDIVIDUAL DE TRABAJO A TERMINO ...............(FIJO O INDEFINIDO) DE PRESTACION DE SERVICIOS DOMESTICOS............... (INTERNO O EXTERNO), por un termino de…........ (...) (meses, años), el cual se regirá por las siguientes cláusulas:

PRIMERA.- OBJETO: El EMPLEADOR contrata los servicios de la TRABAJADORA para desempeñar los oficios domésticos de aseo, lavado, planchado, cocina,….............

SEGUNDA.- SALARIO Y PAGO: La empleada recibirá un salario de............. M/C ($...........), ........... (quincenal, mensual), pagaderos dentro se los .....(...) primeros días de cada.............. (quincena, mes), en el lugar de trabajo, que incluye la remuneración de los descansos dominicales y festivos. Además, alimentación y calzado y vestido de labor.

TERCERA.- INICIACIÓN Y JORNADA DE TRABAJO: La TRABAJADORA iniciará labores a partir de................. (día, mes, año), sin jornada laboral de trabajo especifica, que se podrá distribuir de la forma permitida por el artículo 164 del Código Sustantivo del Trabajo.

CUARTA.- LUGAR DE TRABAJO: El lugar de trabajo será en.......................de la ciudad de..................., y puede ser modificado por acuerdo entre las partes, siempre que las condiciones laborales de la trabajadora no sufran desmejora.

QUINTA.- OBLIGACIONES: La TRABAJADORA deberá cumplir con las siguientes obligaciones: a) Colocar al servicio del EMPLEADOR su capacidad normal de trabajo, de manera exclusiva en el desempeño de las funciones encomendadas y en las labores conexas, según ordenes e instrucciones del empleador o sus representantes. b) Trabajar durante la vigencia del presente contrato única y exclusivamente al servicio del EMPLEADOR. El EMPLEADOR DEBERÁ: a) suministrar todos los elementos necesarios para el cumplimiento del objeto del contrato. b) afiliar a la empleada al seguro social, según las disposiciones legales.

SEXTA.- TRABAJO EXTRA, EN DOMINICALES Y FESTIVOS: El trabajo suplementario o en horas extras, así como el trabajo en domingo o festivo en los que deba concederse descanso, será remunerado conforme a la Ley, al igual que los respectivos recargos nocturnos. Es de advertir que dicho trabajo debe ser autorizado por el empleador o sus representantes, para efectos de su reconocimiento.

SÉPTIMA.- JUSTAS CAUSAS PARA DESPEDIR: Son justas causas para dar por terminado unilateralmente el presente contrato, por cualquiera de las partes, las expresadas en los artículos 62 y 63 del Código sustantivo del Trabajo.

OCTAVA.- PERIODO DE PRUEBA: (OPCIONAL) Acuerdan las partes fijar como periodo de prueba los primeros quince (15) días a partir de la vigencia de este contrato. Durante este periodo las partes pueden dar por terminado unilateralmente el contrato. En el caso de existir prorroga o nuevo contrato entre las partes se entiende que no existirá para esto nuevo periodo de prueba.

NOVENA.- AVISO DE TERMINACIÓN UNILATERAL DEL CONTRATO: Cualquiera de las partes puede dar por terminado el contrato dando aviso a la otra con una anticipación mayor a treinta (30) días de la fecha de vencimiento del periodo contratado.

DECIMA.- PRORROGA: Si el aviso de terminación unilateral del contrato no se da o se da con una anticipación menor a treinta (30) días el contrato se prorroga por un periodo igual al inicial, siempre que subsistan las causas que lo originaron y la materia del trabajo.

DECIMA PRIMERA.- El presente contrato reemplaza y deja sin efecto cualquier otro contrato verbal o escrito, que se hubiera celebrado entre las partes con anterioridad.

DECIMA SEGUNDA.- Cualquier modificación al presente contrato debe efectuarse por escrito y anexarse a este documento.


Se firma por las partes, en la ciudad de…..........., a los…...............días del mes de…......... de 200......


EMPLEADOR
_______________________
C. C. No.


TRABAJADORA
_______________________
C. C. No.



_____________________


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como liquidar una empelada de servicios domestico

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